viernes, marzo 23, 2007

La Recaudación del IVA es un Buen Indicador de la Verdadera Inflación

Por Carlos E. Bonvecchi.
Economista Invitado
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"Ningún pueblo cree en su gobierno.
A lo sumo, los pueblos están resignados."
Octavio Paz

Aunque las nuevas autoridades del INDEC no han informado sobre la naturaleza y las características de las modificaciones que se introdujeron a partir de enero del corriente año en la metodología de cálculo del índice de precios al consumidor, tampoco se han ocupado en desmentir cada uno de los cambios que, según los medios especializados, fueron aplicados. Modificaciones que están reñidas con los protocolos y los procedimientos de recolección y cálculo de los precios que habitualmente son aplicados en casi todos los países del mundo.

Las razones que habrían llevado a las autoridades a proceder de semejante manera han dado origen a variadas especulaciones por parte de los analistas, abriendo un abanico de explicaciones que arranca por la más obvia (desactivar expectativas negativas sobre el comportamiento futuro de los precios, que podrían dañar la imagen del gobierno en un año electoral); pasando por la necesidad de moderar los reclamos por recomposiciones salariales que podrían agudizar la actual puja distributiva; para finalizar con la necesidad de acotar el crecimiento de la carga de intereses y amortizaciones de la deuda pública indexada.

Sin embargo, y ateniéndose solamente a estas tres posibles explicaciones, el proceder de las autoridades difícilmente logre alcanzar, de manera cabal, sus objetivos. En primer lugar, es cada vez más evidente para el conjunto de la sociedad que no existe ninguna correlación válida entre la variación oficial informada de los precios, y la "sensación térmica" que tienen los consumidores. En efecto, una reciente encuesta realizada por el Centro de Investigación en Finanzas de la Universidad Torcuato Di Tella entre el 28 de febrero y el 8 de marzo (esto es, poco después de los oscuros acontecimientos que envolvieron al INDEC) muestra que el ritmo de inflación percibido por la gente es entre un 50% y 60% mayor al calculado por el "intervenido" INDEC; es decir, 15% a 16% anual frente al 10% estimado de manera oficial.

En segundo lugar, porque la demanda de recomposición salarial no se limita a recuperar la inflación pasada o a incorporar la proyectada oficialmente sino que, además, incluye un ingrediente asociado al objetivo de mantener invariable la ponderación de los salarios en el PBI. De ahí, entonces, que los sindicalistas adicionen a sus peticiones vinculadas con la inflación el ritmo esperado de aumento del producto. En ese marco, si a ello se le suma, también, el incremento esperado en el empleo asalariado, entonces se alcanzará el objetivo de aumentar la participación de los asalariados en el ingreso. Es por estas razones que las demandas salariales de los principales sindicatos no son menores al 20% (lo cual implica una tasa de inflación superior a la proyectada por el gobierno); que incluyen además el beneficio, para los salarios más altos, de la reducción del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para las personas físicas y, finalmente, que se incorporan en casi todas las negociaciones salariales cláusulas gatillo (no porque se esté esperando una disparada de los precios, aspecto al que la citada encuesta le asigna una baja probabilidad), sino por la desconfianza que generan las nuevas mediciones oficiales).

Finalmente, estas maniobras tampoco engañan a los tenedores de los bonos indexados, cuyos precios fueron rápidamente castigados por los mercados cuando se conoció la burda manipulación de los índices. No obstante, los títulos mantendrán su atractivo, porque a pesar de que la corrección por precios no sea la "verdadera", sigue siendo una de las más altas del mundo emergente. A ello cabe agregar un marco de estabilidad o reducida variabilidad esperada en el tipo de cambio nominal, y la posibilidad de tomar crédito en el exterior a tasas muy reducidas. En esas condiciones, es posible obtener importantes ganancias financieras. No obstante, ya existen presentaciones legales por parte de inversores en títulos indexados reclamando protección por lo que presumen puede constituirse en una posible estafa.

¿Es tan importante la diferencia entre la tasa de inflación oficial y la "verdadera"? La pregunta es pertinente, porque si se tratara de una discrepancia poco significativa, no sólo sería absurdo ocupar el tiempo en especular acerca de cuáles serían las razones que llevaron al gobierno a este proceder sino que, además, se hace difícil pensar que las autoridades se hubieran embarcado en una maniobra que, sin duda, tiene costos en términos políticos y daña la imagen de credibilidad sobre el accionar gubernamental. Surge, entonces, el interrogante más temido: ¿cuál es la verdadera tasa de inflación?

Tratar de estimarla a partir de un agrupamiento diferente de los precios incluidos en el IPC, o excluyendo rubros cuya estacionalidad o volatilidad suele ser importante, o ítems que el gobierno determina de manera directa o indirecta y, por tanto, limitarse a considerar sólo los bienes y servicios restantes (la llamada inflación núcleo), no conduciría a variaciones demasiado diferentes a las conocidas oficialmente, ya que la pérdida de credibilidad sobre los valores imputados para estimar el nivel del índice se ha generalizado a la mayoría de los bienes y servicios más significativos.

Se ha sugerido, entonces, considerar como un reflejo más certero de la tasa de inflación a la que surge del cálculo de los precios implícitos en el PBI. En tal sentido, se observa que a partir del primer trimestre del 2006, la variación trimestral interanual del IPI ha arrojado valores superiores, en el orden de los 2.3 a 2.8 puntos porcentuales, a los estimados a partir del IPC; por ejemplo, en el último trimestre de 2006 el IPI arrojó una variación interanual del 12.8% frente al 10.1% registrado en el IPC. Sin embargo, esta medición presenta, como mínimo, tres inconvenientes.

El primero, que la canasta de bienes y servicios considerada en el IPI es mucho más amplia que la utilizada para la confección del IPC restándole, en consecuencia, validez comparativa. Tal es así que, desde el año 2003, pueden observarse trimestres en los cuales la variación interanual del IPI fue inferior a la registrada en el IPC. El segundo, que la fórmula de cálculo de los índices es diferente: el IPI es un índice Paasche (ponderaciones móviles), y el IPC es un índice Laspeyres (ponderaciones fijas). El tercero, que las estimaciones de precios implícitos son de carácter trimestral lo que reduce, por lo tanto, su utilidad como indicador para seguir, en el corto plazo, la evolución de los precios. Por lo demás, si se considera sólo al IPI correspondiente al consumo privado, se observa que durante el año anterior, la variación interanual trimestral fue, excepto el primer trimestre, inferior a la del IPC.

También se ha sugerido hacer uso de las variaciones registradas en la recaudación del IVA y en el Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE). La idea que subyace es la siguiente: la información sobre la recaudación del IVA incluye como mínimo, en forma mensual, los cambios en dos de los factores que explican más significativamente sus variaciones(1): las cantidades transadas y los precios pagados por las mismas. Por lo tanto, si a la variación experimentada en la recaudación del IVA, se le deduce la variación registrada en el EMAE, la tasa de variación remanente correspondería, gruesamente, a la de los precios y algo más. Dado que en los últimos años no se han producido cambios significativos en la legislación tributaria sobre el IVA, como tampoco en las normas de liquidación e ingreso del impuesto(2), la variación remanente incorpora, centralmente, los cambios en los precios y en las cantidades y en el grado de cumplimiento de la obligación tributaria.

Al respecto, cabe destacar que en una fase expansiva del ciclo económico como la actual, los niveles de morosidad tienden a disminuir y, por lo tanto, la recaudación a incrementarse. En cambio, la reducción en los niveles de evasión registrados, derivada de las indudables mejoras alcanzadas durante los últimos años en la administración tributaria, no se mantiene o aumenta, de manera necesaria, con la continuidad de la fase ascendente del ciclo. En tal sentido, los especialistas tributarios coinciden en que dos puntos porcentuales por año de aumento de la recaudación del IVA pueden ser adjudicados a estos factores.

En principio, esta idea presenta la ventaja que se trata de dos indicadores que se elaboran con frecuencia mensual, y que al estar el IVA generalizado a casi la totalidad de los bienes y servicios de la economía, implícitamente representa una canasta de consumo más parecida a la del IPC. Presenta, en cambio, el inconveniente que los bienes y servicios utilizados para la estimación del EMAE constituyen un conjunto más reducido que el incluido en la canasta del IPC. Pero en ausencia de una mejor y rápida alternativa de cálculo, y sin ignorar las limitaciones que los hechos señalados implican, se ha intentado una estimación de la inflación "verdadera" a partir de estos elementos.

La recaudación del IVA tiene dos componentes: el IVA-DGI y el IVA-ADUANA. El primero corresponde a lo ingresado en concepto de la actividad económica interna, mientras que el segundo a lo abonado por las importaciones, ya sean estas de bienes de capital, intermedios, de consumo durable o de consumo no durable. Dado que no se cuenta, en esta ocasión, con la información de recaudación correspondiente a estas dos últimas categorías de bienes se ha optado por considerar, a los fines de la estimación de la "verdadera" tasa de inflación, sólo a la recaudación del IVA-DGI (3) .

A su vez, la recaudación neta del IVA se ve afectada, entre otros conceptos, por el valor de las devoluciones y por los reintegros a las exportaciones. En el caso de las primeras, cabe tener en cuenta, por ejemplo, la devolución parcial por las compras realizadas con tarjeta de débito y de crédito, los saldos a favor de los contribuyentes en virtud de regímenes especiales de promoción o exención, o errores en las liquidaciones, por citar a las más frecuentes. Dado que esas devoluciones se corresponden con hechos imponibles generados internamente, se entiende que a los fines de esta estimación de la "verdadera" tasa de inflación, la recaudación a ser considerada es la bruta.

En el caso de las ventas al exterior, el régimen del impuesto al valor agregado las exime, permitiendo el recupero del valor del tributo abonado en la compra de bienes y servicios destinados a esas mismas exportaciones. En consecuencia, cuanto mayor sea el peso de las ventas al exterior en las ventas totales, mayor debería ser el valor de los reintegros. Dado que no se cuenta, para esta ocasión, con la información adecuada sobre reintegros, se ha optado por excluirlas del cálculo de la "verdadera" tasa de inflación(4).

Uno de los cálculos realizados compara el promedio de los dos primeros meses de los últimos tres años. Se observa, en este caso, que la tasa de inflación del IPC fue, en el 2006, muy similar a la implícita a través de la recaudación del IVA y el EMAE (11.8% versus 10.8%). Sin embargo, mientras el IPC muestra en el primer bimestre de este año una reducción en la tasa de inflación (9.6%), la estimación de la tasa "verdadera" exhibe no sólo un valor superior al año anterior sino, además, sustantivamente más alto que el del IPC (24.7%).

Sin embargo, considerar sólo un bimestre puede introducir importantes distorsiones. Para evitar ese inconveniente, se hizo la estimación para los doce meses comprendidos entre los meses de marzo de un año a febrero del siguiente. En este caso, el IPC mantiene un valor similar para los dos últimos años (10.3% y 10.5%), mientras que la tasa de inflación implícita pasa de un 8% anual a un 20.1% por año. Esto es, duplica la registrada a partir del IPC.

Por último se calculó el promedio móvil de 12 meses comenzando con el año 2002. En este caso se observa, por un lado, que desde mediados de 2005 mientras la tasa de inflación registrada por el IPC muestra una tendencia decreciente, la implícita calculada a través del IVA y el EMAE exhibe el comportamiento opuesto. Por el otro lado, para los doce meses comprendidos entre marzo de 2006 y febrero de 2007, el IPC muestra una variación anual del 10.7% y la tasa de inflación "verdadera" arroja un valor del 19.5%.

En síntesis, más allá de las imperfecciones que esta estimación puede arrastrar, dos cuestiones parecen evidentes: en primer lugar, que en lugar de que la tasa de inflación tienda a disminuir, las evidencias muestran una aceleración. En segundo lugar, que la discrepancia entre el IPC y la estimación implícita es creciente y duplica al cálculo oficial.
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Carlos E. Bonvecchi
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(1) Las variaciones en la recaudación del IVA recogen no sólo los cambios producidos en las cantidades y precios sino, también, las modificaciones registradas en los niveles de mora y evasión, en la legislación tributaria y en las normas de liquidación y percepción del tributo. Asimismo, son sensibles a la variación en el número de días hábiles mensuales, como respecto de la incorporación de un número mayor de contribuyentes.
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(2) La recaudación del IVA de un mes corresponde a los hechos imponibles generados el mes anterior. A pesar de ello, las estimaciones sobre la "verdadera" tasa de inflación no difieren mayormente, si los datos se computan a través de las series originales o desfasadas. Lo mismo se observa en el caso de las series desestacionalizadas.
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(3) Aunque la canasta del IPC no incluye bienes intermedios y de capital, la exclusión de la recaudación del IVA-ADUANA por los bienes de consumo importados subestima el valor total de los ingresos que deberían considerarse. Esta subestimación será mayor en la medida que estas importaciones crezcan más rápido que las cantidades producidas internamente, que los precios de los bienes importados aumenten más que los internos, que el tipo de cambio nominal varíe más que los precios locales.
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(4) En suma, por el lado de las importaciones se estaría subestimando la recaudación del IVA que debería ser considerada. En cambio, en el caso de las exportaciones, se la estaría sobrestimando. La no incorporación de ambos datos (IVA-ADUANA y reintegros) significa, implícitamente, que se asume una suerte de compensación entre ambos (aunque el valor de las exportaciones es mayor que el de las importaciones, la alícuota del IVA abonada es superior al reintegro promedio).

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